13/02/2023

¿En qué consiste la nueva Ley de Eficiencia Energética en Chile?

La Eficiencia Energética es la capacidad de obtener los mejores resultados en cualquier actividad consumiendo la menor cantidad posible de energía. Aplicando este concepto, esto trae como consecuencia reducir el consumo y los impactos ambientales asociados al uso de éstos. Es decir, el uso eficiente y consciente de la energía.

En el contexto nacional con el que nos enfrentamos hoy, Chile, a pesar de su riqueza geográfica, carece de las fuentes de energía más utilizadas (petróleo, carbón y gas natural). Desde febrero del 2021 contamos con la Ley 21.305 sobre Eficiencia Energética, cuyo principal objetivo es elaborar el Primer Plan Nacional de Eficiencia Energética, que busca reducir el consumo de energéticos utilizando de manera más eficiente las energías disponibles en todo ámbito de procesos productivos.

Además, se dictó el DS 163 del Ministerio de Energía donde se establecen los criterios para determinar qué empresas deberán reportar anualmente sus consumos de energía, éstos son: ventas anuales superiores a 1.000.000 UF, tener más de 200 trabajadores contratados, tener actividad vigente a abril del año precedente, ser Personas Jurídicas Comerciales o Sociedades Extranjeras.

Por ello la ley establece que las empresas que hayan tenido un consumo energético total para uso final igual o superior a 50 tera-calorías anuales y/o cumplan con los requisitos del DS 163, deberán reportar anualmente al Ministerio de Energía sus consumos por uso de energía en sus procesos productivos del año calendario anterior, obteniendo su intensidad energética, que se entiende como los consumos de energía sobre las ventas de productos y servicios expresadas en unidades monetarias.

Las empresas que reporten obligatoriamente por las razones anteriores deberán implementar un Sistema de Gestión de Energía (SGE), el cual debe cubrir al menos el 80% de su consumo energético para lograr reducir sus consumos, monitorear sus avances y comunicarlos al Ministerio, y podrán ser sometidos a auditoría del SGE su implementación y los logros sobre los objetivos planteados.

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